Solución comercial

Energía que también mejora tus números.

Curva de carga diurna, incentivos de la Ley 1715 para quien declara renta y umbral de usuario no regulado: cómo se evalúa un proyecto solar comercial.

Hablemos de tu proyecto

Solución comercial

Soluciones hechas para tu realidad.

Para comercios, oficinas, restaurantes y hoteles con consumo diurno y una factura de energía que pesa.

01Análisis de la curva de carga horaria del establecimiento
02Evaluación de los incentivos de la Ley 1715 con tu área contable
03Cronograma del proyecto coordinado con tu operación
50%de la inversión, deducible en renta
15 añosde plazo para aplicar la deducción
33,33%de depreciación acelerada anual

En corto

  • En comercios, oficinas y hoteles el consumo se concentra en la franja diurna y coincide con la generación solar. Ese calce eleva el autoconsumo y hace el retorno más predecible que en una vivienda.
  • La Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021, permite deducir el 50% del valor de la inversión del impuesto de renta en un plazo no mayor a 15 años, sin que lo deducido en un año supere el 50% de la renta líquida. Solo sirve si la empresa declara renta y tiene contra qué aplicarlo.
  • Los cuatro incentivos —deducción, depreciación acelerada hasta el 33,33% anual, exclusión de IVA y exención de arancel— exigen certificación previa ante la UPME. Ninguno es automático.
  • Un establecimiento con capacidad instalada de 100 kW o más, o con consumo mensual promedio de 55.000 kWh o más, puede ser usuario no regulado según la Resolución CREG 131 de 1998. Eso cambia el precio contra el cual se compara el ahorro solar.
  • Si el local es arrendado, la autorización escrita del propietario y el plazo que queda de contrato pesan más en la decisión que la radiación disponible sobre la cubierta.
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¿Por qué el horario de tu negocio importa más que el total de la factura?

Dos negocios pueden facturar exactamente el mismo consumo mensual y necesitar sistemas distintos, porque lo que decide el resultado es cuándo se consume. Un sistema fotovoltaico genera en una campana que arranca a media mañana, alcanza su máximo alrededor del mediodía solar y cae en la tarde. Cada kWh que el negocio consume dentro de esa campana evita la tarifa completa; cada kWh que sobra se compensa por debajo de ella.

Por eso el diagnóstico serio no empieza por el valor total de la factura sino por la curva de carga: el reparto del consumo hora por hora, medido a lo largo de una semana representativa. En el mercado regulado esa curva no siempre viene en la factura, y se obtiene solicitando el registro horario al comercializador o instalando un analizador de red en el tablero principal durante unos días.

El detalle importa: un restaurante con pico nocturno, una oficina que cierra sábado y domingo y un supermercado con refrigeración continua tienen tres comportamientos completamente distintos frente a la misma cubierta. El diseño se ajusta a esa forma, no al promedio.

Perfiles de consumo típicos del sector comercial y qué condiciona el diseño en cada uno. El perfil real de un establecimiento se confirma con su curva de carga horaria.
Tipo de establecimientoFranja de mayor consumoCargas que la explicanQué condiciona el diseño
Oficina o consultorioLunes a viernes en jornada diurnaClimatización, iluminación, equipos de cómputoSábado y domingo sin consumo: los excedentes de fin de semana pesan en el balance del periodo
Local en centro comercialHorario extendido, incluida la nocheIluminación de exhibición y aire acondicionadoParte del consumo cae fuera de las horas de sol y el reglamento del centro comercial condiciona el acceso a cubierta
RestaurantePicos al mediodía y en la nocheCocción eléctrica, refrigeración, extracciónEl pico nocturno no lo cubre la generación solar sin almacenamiento
Supermercado o minimercadoConsumo alto y parejo durante todo el díaRefrigeración y congelación continuasBase de consumo permanente: alto autoconsumo y buen calce con la curva solar
HotelMañana y noche, sobre una base continuaAgua caliente, climatización de habitaciones, lavanderíaLa ocupación estacional cambia la curva mes a mes
Bodega o punto logístico urbanoJornada diurna, según turnosIluminación, carga de montacargas, ventilaciónLa carga de montacargas se puede reprogramar hacia las horas de sol
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Los cuatro incentivos de la Ley 1715 y a quién le sirven de verdad

La Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021, creó cuatro incentivos para proyectos con fuentes no convencionales de energía renovable, entre ellas la solar fotovoltaica. Son beneficios tributarios, no subsidios: se materializan en la declaración de renta, en la contabilidad de activos o en el precio de compra de equipos, y todos pasan por una certificación previa de la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME).

La consecuencia práctica es directa. Una empresa que declara renta y tiene renta líquida suficiente puede convertir la deducción en un efecto real de caja durante varios años. Una persona natural o una entidad sin renta líquida contra la cual descontar no tiene cómo aprovecharla, por bien diseñado que esté el sistema. Lo mismo aplica a la depreciación acelerada, que solo tiene sentido para quien lleva contabilidad y deprecia activos.

El calendario también cuenta. La certificación ante la UPME se solicita a través de su ventanilla de trámites, tiene ciclos y plazos de evaluación definidos por la entidad, y conviene iniciarla en paralelo con el diseño y no cuando el proyecto ya está energizado. Estructurar esta parte con el área contable desde el principio es lo que separa un incentivo aprovechado de uno mencionado en la propuesta y nunca aplicado.

Los cuatro incentivos de la Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021, y la condición que gobierna cada uno.
IncentivoQué permiteCondición que hay que cumplir
Deducción especial en renta (artículo 11)Deducir el 50% del valor de la inversión en un plazo no mayor a 15 años desde la puesta en operaciónEl valor deducido en cada año no puede superar el 50% de la renta líquida del contribuyente
Depreciación acelerada (artículo 14)Depreciar los activos del proyecto a una tasa anual máxima del 33,33%Proyecto certificado por la UPME y contabilidad que registre los activos
Exclusión de IVA (artículo 12)Adquirir equipos, maquinaria y servicios del proyecto sin IVABienes y servicios certificados por la UPME
Exención de gravamen arancelario (artículo 13)Importar maquinaria, equipos e insumos sin derechos de arancelDestinación exclusiva al proyecto y certificación previa de la UPME
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¿Tu empresa es usuario regulado o no regulado, y por qué cambia el cálculo?

La Resolución CREG 131 de 1998 fijó el umbral entre el mercado regulado y el no regulado: desde el 1 de enero de 2000 puede contratar en el mercado competitivo quien tenga una capacidad instalada de 0,1 MW —100 kW— o un consumo mensual promedio de 55 MWh, es decir 55.000 kWh. Por debajo de ese límite, el usuario compra su energía a la tarifa regulada de su comercializador.

La diferencia importa porque el ahorro de un sistema solar se mide contra el precio que dejas de pagar. Un usuario no regulado negocia su energía en contratos bilaterales y suele tener un precio distinto —y a veces menor— que la tarifa regulada equivalente, lo que cambia el valor de cada kWh autoconsumido y, con él, el plazo de recuperación del proyecto.

Si tu empresa está cerca del umbral, o si tiene varios establecimientos con medidores independientes, vale la pena revisar la clasificación antes de dimensionar. Es una conversación que involucra al comercializador y al área financiera, no solo al proveedor solar.

  • Umbral vigente desde el 1 de enero de 2000: 0,1 MW de capacidad o 55.000 kWh al mes
  • Usuario regulado: compra a tarifa del comercializador
  • Usuario no regulado: negocia precio en contratos bilaterales
  • Varios puntos de medida: cada uno se evalúa por separado
  • El precio de referencia del ahorro cambia según la clasificación
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¿Qué pasa con lo que genera tu negocio el domingo que está cerrado?

El esquema de autogeneración a pequeña escala está regulado por la Resolución CREG 174 de 2021, que reemplazó a la Resolución CREG 030 de 2018. Los excedentes que un autogenerador con fuentes renovables entrega a la red se permutan contra la energía que importa en el mismo periodo de facturación, a través del crédito de energía, y para ello se instala un medidor bidireccional que registra por separado importación y exportación.

Lo que no se permuta cambia de precio. Los excedentes que superan la importación del periodo se liquidan al precio horario de bolsa, un precio de mercado mayorista que fluctúa y que normalmente está muy por debajo de la tarifa que paga un comercio. Un negocio que cierra los domingos, o una oficina que no opera el fin de semana, genera exactamente ese tipo de excedente.

La lectura práctica es que el sistema conviene dimensionarlo mirando la energía que el negocio consume en horario de sol y no la capacidad de la cubierta. Cada kWp adicional que solo produce excedente se remunera a un precio distinto y hay que valorarlo así en el modelo financiero, no a la tarifa completa.

  • Crédito de energía: permuta de excedentes contra la importación del periodo
  • Excedente por encima de la importación: liquidado al precio horario de bolsa
  • Medidor bidireccional registrando importación y exportación por separado
  • Días de cierre y festivos como fuente estructural de excedentes
  • Modelo financiero que valore por separado autoconsumo y excedente
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Cómo se planea la obra sin cerrar el local

En un establecimiento abierto al público la restricción no suele ser técnica sino logística. Los trabajos en cubierta, fachada, parqueadero o cuarto eléctrico se programan por etapas y, cuando hace falta, fuera del horario de atención, y esa programación se acuerda con anticipación con la administración del inmueble o del centro comercial: accesos, horarios de descargue de materiales, uso de ascensores de servicio, permisos de trabajo en alturas y medidas de seguridad para clientes y personal.

Hay dos momentos que sí implican interrupción y conviene planearlos con nombre y hora: la conexión del sistema al tablero principal y el cambio de medidor por el bidireccional, que ejecuta o autoriza el operador de red. Ambos requieren una ventana con el circuito desenergizado, y esa ventana se negocia con el negocio, no se improvisa.

El montaje y la conexión los ejecuta personal eléctrico certificado y la instalación debe cumplir el RETIE. Antes de firmar conviene tener claro quién firma el diseño detallado, quién declara la construcción y qué organismo de inspección acreditado emite el dictamen, porque esa cadena de responsabilidades es la que respalda el sistema ante el operador de red y ante la aseguradora del inmueble.

  • Cronograma por etapas acordado con la administración del inmueble
  • Ventana definida para la conexión al tablero principal
  • Cita con el operador de red para el cambio a medidor bidireccional
  • Permisos de trabajo en alturas y señalización de zonas de obra
  • Cadena RETIE definida: diseño, construcción e inspección con responsables
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Local arrendado, franquicia o sede propia: quién decide y quién se queda con el activo

El sistema fotovoltaico es un activo fijado a un inmueble, y esa condición hace que la figura jurídica del local pese tanto como la ingeniería. Si el local es arrendado, hace falta autorización expresa del propietario para intervenir cubierta o fachada, y conviene revisar qué dice el contrato sobre mejoras: si son útiles o necesarias, si son retirables al final del arriendo y quién asume su valor residual.

El plazo restante del contrato es la variable que más condiciona la decisión. Un sistema con un horizonte de amortización largo sobre un contrato que vence en pocos años obliga a pactar algo por escrito: renovación, opción de compra del sistema por el propietario, o el derecho a desmontarlo y reinstalarlo en otra sede, con el costo de ese traslado estimado desde el principio.

En franquicias y cadenas se suma un actor más. La decisión de intervenir la fachada o la imagen del punto puede depender del franquiciante, y el estándar de marca puede limitar dónde se ven los módulos. Resolver esos permisos antes del diseño evita rehacer el layout completo.

  • Autorización escrita del propietario para intervenir cubierta o fachada
  • Cláusulas del contrato de arrendamiento sobre mejoras y su valor residual
  • Plazo restante del contrato frente al horizonte de amortización
  • Opción de desmonte y traslado, con su costo estimado
  • Aprobación del franquiciante cuando el sistema afecta la imagen del punto
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Qué debe traer el diagnóstico antes de pedir cotizaciones

Un diagnóstico completo permite que varias propuestas se comparen entre sí, porque parten de la misma base. Sin él, cada proveedor asume lo que quiere y las cifras dejan de ser comparables. Lo mínimo es el historial de facturación de doce meses, la curva de carga horaria de una semana representativa, la potencia contratada, el tipo de tarifa y nivel de tensión, el plano o levantamiento de la cubierta con sus obstáculos, y una proyección explícita del crecimiento del negocio.

Con eso, cualquier propuesta debe poder responder tres preguntas sin ambigüedad: cuánta energía se espera producir al año y con qué supuestos de irradiación y pérdidas, qué fracción de esa energía se autoconsume y qué fracción se exporta, y cómo se valora cada una de las dos. Si la propuesta entrega un ahorro único sin separar esos dos flujos, el número no se puede auditar.

Conviene además pedir el costo por kWp instalado, no solo el total. Es la única forma de comparar propuestas de tamaños distintos y de detectar cuándo un precio bajo esconde equipos, estructura o alcance de ingeniería que después aparecen como adicionales.

  • Historial de facturación de doce meses y curva de carga horaria
  • Potencia contratada, tipo de tarifa y nivel de tensión
  • Levantamiento de cubierta con obstáculos, sombras y rutas de cableado
  • Proyección explícita del crecimiento de carga del negocio
  • Producción anual estimada con supuestos declarados y costo por kWp instalado
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Señales de que un proyecto comercial está mal dimensionado

Hay patrones que se repiten y que se detectan antes de firmar. El primero es dimensionar por el área de cubierta disponible en vez de por el consumo diurno: produce un sistema que exporta mucho y ahorra poco, porque el excedente por encima de la importación se remunera a precio de bolsa. El segundo es valorar toda la generación a la tarifa completa, lo que infla el ahorro proyectado y acorta artificialmente el plazo de retorno.

El tercero es ignorar el crecimiento previsto. Un negocio que va a abrir una segunda cocina, a sumar cámaras de refrigeración o a extender su horario tendrá otra curva de carga en dos años, y un sistema ajustado a la de hoy se queda corto justo cuando el consumo sube. Lo contrario también ocurre: dimensionar contra una expansión que aún no está decidida deja capacidad ociosa pagada por adelantado.

El cuarto es no contar los costos de operación. Limpieza periódica, inspección de conexiones, reemplazo del inversor en algún momento del horizonte del proyecto y el propio consumo de la plataforma de monitoreo son costos reales que deben aparecer en el modelo. Una propuesta que los omite no está siendo optimista: está incompleta.

  • Potencia definida por el área de cubierta y no por el consumo diurno
  • Ahorro calculado valorando el excedente a la tarifa completa
  • Proyección de crecimiento ausente o basada en planes no decididos
  • Costos de operación, limpieza y reemplazo de inversor fuera del modelo
  • Plazo de conexión con el operador de red presentado como garantizado

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Preguntas frecuentes.

Se entrega a la red a través de un medidor bidireccional. Bajo la Resolución CREG 174 de 2021, que reemplazó a la Resolución CREG 030 de 2018, esos excedentes se permutan contra la energía importada en el mismo periodo mediante el crédito de energía. Lo que supere la importación del periodo se liquida al precio horario de bolsa, que suele ser menor que la tarifa del establecimiento.

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